La tecnología que nos permite crear,
publicar y acceder a la información parece ir continuamente por delante de las
leyes que no consiguen estar a la altura de la situación, aunque se han
producido algunos avances significativos. La historia de los derechos de autor
es una continua adaptación según se van produciendo los cambios comerciales y
técnicos. Las TIC crean continuamente nuevos retos y la ley trata de ir
respondiéndolos, pero esto no significa que el uso y gestión de la tecnología
no esté regulada, o está más allá de la ley. En cualquier caso, todos los
aspectos de los derechos de autor expuestos hasta el momento son igualmente
aplicables a las obras y materiales dispuestos en Internet, que pueden ser de
uso privado,shareware, freeware,
etc. Algunos tienen licencias de uso donde se declara qué se puede hacer con
ese material según lo decidido por el propietario de los derechos. En ningún
caso se puede presumir que si una obra está accesible en Internet es que carece
de derechos de autor, independientemente de la facilidad con la que podamos
acceder a ella, copiarla, modificarla o distribuirla.
Profundización de derechos de autor
uSe inicia con los derechos y monopolios sobre la impresión
de libres.
uEl estatuto completo de la reina Ana de rigen británico en
1710.
uDurante este tiempo fue el primer reglamento que inicio de
forma legal
u
uAbarcan ahora:
uMapas
uObras teatrales
uPinturas
uFotografías
uGrabaciones sonoras
uPelículas
uProgramas de ordenador
¿Que
se necesita para tener la protección del Derecho de Autor?
La protección que se concede al autor nace desde el mismo momento en que crea la obra, sin que para ello se requiera cumplir con formalidad jurídica alguna
La protección que se concede al autor nace desde el mismo momento en que crea la obra, sin que para ello se requiera cumplir con formalidad jurídica alguna
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